Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

Los candidatos del MPN en Piedra del Aguila no se han tomado la licencia.-

Nota enviada al HCD.-

Los abajos firmantes candidatos a cargos locales por el Partido Justicialísta, constituyendo domicilio en la calle Guemes S/N del Bº Centro de Piedra del Águila, se dirigen a UD., y por su intermedio a todo el Cuerpo Legislativo, a fin de tratar, en Sesión Especial, convocada de manera urgente, la situación irregular, en la que incurren FUNCIONARIOS MUNICIPALES al no cumplir con claras disposiciones legales que reglamentan el cumpliniento de su función.
Tanto la señora intendenta municipal como los concejales Belén Vázquez y su persona Marcelo Ortíz (MPN) incumplen cion lo dispuesto en el Decreto 1367/93 y 489/07, por lo cual el Cuerpo Legislativo debe CONVOCARSE a Sesión Especial y otorgar las licencias extraordinarias que obligan la normativa citada, bajo apercibimiento de solicitar en los estrados jurisdiccionales correspondientes, la aplicación de las sanciones que corresponden ante la gravedad del incumplimiento señalado.
Ante el supuesto desconocimiento de tales normas que alegan quienes ejercen la función pública, desde hace varios años, además de contar con asesoramiento profesional permanente, señalamos que:
a)- EL DECRETO 1367/93, en su ARTICULO 2º, dispone: "Los funcionarios y agentes públicos que integren listas de Candidatos...deberán hacer uso obligatorio de licencia extraordinaria". Por su parte el artículo 5º del mencionado Decreto, requiere la adhesión de los Municipios.
b)-Ante la falta de Adhesión concreta por parte de los Municipio, El Poder Ejecutivo, enite el DECRETO 489/07, el cual en su Artículo 1º dispone: " ESTABLECESE el alcance de la licencia extraordinaria, prevista en el Artículo 1º y 2º del Decreto 1367/93, tanto para la elección como para renovación de autoridades Nacionales, Provinciales y MUNICIPALES.
Las disposiciones legales son claras y plenamente aplicables en Municipios de Segunda Categoría, como el nuestro, por lo cual su incumplimiento constituye una Falta Grave, con las consecuencias políticas, administrativas y jurisdiccionales que determina la Ley 53. Orgánica de Municipalidades, que reglamenta el ejercicio de la función municipal
Por lo expuesto, por su intermedio, solicitamos al Honorable Cuerpo Legislativo:
1)- Tratamiento URGENTE de lo aquí peticionado, otorgando Licencia Extraordinaria a los funcionarios que se presentan a renovar cargos en las elecciones convocadas para el 26 de Abril de 2015.-
2)- A fin del cumplimiento de lo dispuesto en los Decretos 1367/93 y 489/07, deberá convocarse a sesión Especial, dentro de las próximas 48 horas, bajo apercibimiento de formular cargos ante el incumplimiento legal en Sede Jurisdiccional, dando por agotada la vía administrativa, ante esta presentación y dados los acotados plazos que restan hasta la elección, ya que se configura un palmario incumplimiento legal, además de afectarse la garantía constitucional de igualdad ante la ley.
Mónica Antual
Lorena Epullán
Oscar Mellado, etc.-